Plan de Pensiones del IMSS
¿Cuáles son las diferencias fundamentales entre la Ley 73 y la Ley 97 del IMSS para el cálculo de pensiones?
La Ley del Seguro Social de 1973 y la de 1997 establecen regímenes distintos para calcular la pensión, definidos por la fecha en que el trabajador empezó a cotizar.
Ley 73 (cotización antes del 1 de julio de 1997):
- Requisitos: 500 semanas cotizadas y edad mínima de 60 años para cesantía o 65 para vejez. No se debe estar trabajando al solicitarla.
- Cálculo: Promedio salarial de las últimas 250 semanas y total de semanas cotizadas. A mayor edad, mayor porcentaje de pensión.
- Beneficios adicionales: Registro de beneficiarios que incrementa 10‑15% el monto y pago de aguinaldo equivalente a una mensualidad.
- Conservación de derechos: Se puede dejar de cotizar hasta una cuarta parte del tiempo cotizado sin perder el derecho.
Ley 97 (cotización a partir del 1 de julio de 1997):
- Requisitos: En 2025 se exigen 850 semanas, aumentando 25 por año hasta llegar a 1,000 en 2031; edad mínima de 60/65 años.
- Cálculo: Depende de los fondos acumulados en la cuenta AFORE. Puede contratarse renta vitalicia o retiro programado.
- Beneficio: Garantía de pensión mínima por parte del Gobierno Federal si se cumplen requisitos.
Identificar el régimen aplicable es clave para planificar el retiro; la Ley 73 suele ofrecer un procedimiento más favorable.
¿Qué es la Modalidad 40 del IMSS y quiénes pueden acceder a ella?
La Modalidad 40, o Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite a quienes dejaron de trabajar seguir cotizando para mejorar su pensión.
¿Quiénes pueden acceder?
- Trabajadores que cotizaron antes del 1 de julio de 1997 (Ley 73). Bajo Ley 97 solo suma semanas sin aumentar significativamente la pensión.
- Haber sido dado de baja del régimen obligatorio y no laborar con un patrón.
- Contar con al menos 52 semanas cotizadas en los últimos cinco años.
- Presentar la solicitud por escrito.
Objetivos y beneficios:
- Incrementar semanas cotizadas para alcanzar o elevar el monto de la pensión.
- Cotizar con un salario mayor (hasta 25 UMAs) para elevar el promedio salarial.
- Conservar derechos y seguros de invalidez y vida.
- No incluye servicios médicos; para ello se contrata el Seguro de Salud para la Familia (Modalidad 33).
¿Cuáles son los principales errores a evitar al tramitar una pensión del IMSS bajo la Ley 73 y cómo corregirlos?
Para maximizar la pensión bajo la Ley 73 es esencial evitar errores comunes:
- No tener los documentos completos: Acta de nacimiento, NSS, identificación, estado de cuenta bancario, comprobante de domicilio y estado de cuenta AFORE.
- Errores en la homologación de información:Diferencias en NSS, RFC, CURP, nombre o fecha de nacimiento. Se corrigen mediante el portal “Corrección de datos del asegurado” del IMSS o el portal de actualización de CURP.
- Exceder el periodo de conservación de derechos: La vigencia se pierde si se deja de cotizar por más de una cuarta parte de las semanas acumuladas. Se debe revisar la constancia de semanas cotizadas y, de ser necesario, usar la Modalidad 40.
- No registrar beneficiarios: Omite ayudas económicas adicionales del 10‑15%. Registrar cónyuge, hijos o padres incrementa el ingreso.
- Falta de estrategia: No planear puede llevar a perder beneficios. Se recomienda calcular la pensión, revisar semanas (más de 900 es ideal) y analizar cómo financiar las aportaciones.
- Pagar asesorías costosas: Buscar instituciones confiables que no cobren por adelantado y ofrezcan asesoría transparente.
¿Cómo se calcula el costo de la Modalidad 40 y qué factores influyen en su variación?
El costo se determina como un porcentaje del salario elegido para cotizar.
Factores de variación:
- Salario de cotización elegido hasta un tope de 25 UMAs diarias.
- Porcentaje de aportación: 11.166% en 2023 e incrementa 1.09% anual hasta 2030.
- Valor anual de la UMA que actualiza el salario máximo permitido.
- Número de días del mes.
- Modalidad de pago: mensual (más económico) o retroactivo con recargos.
Cálculo simplificado: salario elegido × porcentaje vigente × días del mes.
¿Qué requisitos se deben cumplir para acceder a la Modalidad 40 y cuáles son los de la Ley 73 para poder pensionarse?
Requisitos para darse de alta en la Modalidad 40:
- Estar dado de baja del régimen obligatorio.
- Tener al menos 52 semanas cotizadas en los últimos cinco años.
- Elegir un salario igual o mayor al último registrado, sin exceder 25 UMAs.
- Presentar solicitud en línea o presencial con CURP, NSS, identificación y comprobante de domicilio.
Requisitos para pensionarse bajo la Ley 73:
- Haber comenzado a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
- Edad mínima de 60 años para cesantía o 65 para vejez.
- No estar trabajando al momento de la solicitud.
- Contar con al menos 500 semanas cotizadas (se recomiendan más de 900).
- Mantener la conservación de derechos; si se perdió, recuperar cotizando nuevamente.
¿Cuáles son las ventajas y desventajas clave de la Modalidad 40 del IMSS?
Ventajas:
- Mejora el monto de la pensión al incrementar salario promedio y semanas.
- Conserva derechos de pensión sin volver al empleo formal.
- Mantiene los seguros de invalidez y vida.
- Permite elegir el salario con el que se cotiza (hasta 25 UMAs).
Desventajas:
- Beneficia principalmente a trabajadores de la Ley 73; en Ley 97 el impacto es menor.
- El costo de las cuotas aumenta cada año hasta 2030.
- No destina aportaciones a la Subcuenta de Vivienda del Infonavit.
- No incluye atención médica inmediata; se requiere Modalidad 33 para servicios de salud.
- Aportaciones altas para maximizar beneficios pueden ser una barrera económica.
¿Cuál es el papel del financiamiento y el ahorro inteligente en la planificación de la Modalidad 40, especialmente para quienes no tienen los recursos inmediatos?
El financiamiento y el ahorro inteligente ayudan a cubrir las cuotas de la Modalidad 40 cuando no se tienen recursos disponibles.
Ahorro inteligente (menores de 55 años):
- Acumular fondos para pagar la Modalidad 40 a los 60 años.
- Ajustar el plan a la capacidad de ahorro mensual y horizonte de inversión conservador.
- Automatizar aportaciones en productos regulados con beneficios fiscales.
Financiamiento regulado (mayores de 55 años o sin ahorros):
- Permite cubrir pagos retroactivos mediante créditos con convenios IMSS.
- Pago diferido hasta recibir la pensión; se puede liquidar con la AFORE o mediante descuentos de la pensión.
- A pesar de los intereses, el incremento de la pensión suele compensar el costo del crédito.
¿Cómo impactan las Modalidades 10 y 40 en la Cuenta Individual AFORE y qué diferencias clave existen entre ellas?
Ambas modalidades permiten seguir cotizando, pero con objetivos distintos.
Modalidad 40:
- Incrementa el salario promedio y las semanas cotizadas para maximizar la pensión por Ley 73.
- Una parte de las aportaciones se integra a la subcuenta de RCV y puede retirarse al pensionarse.
- No incluye servicios médicos.
Modalidad 10:
- Dirigida a trabajadores independientes para construir un fondo de retiro.
- Permite aportaciones a la subcuenta de vivienda y brinda servicios médicos y prestaciones sociales.
- Monto de pensión generalmente sin cambios significativos comparado con la Modalidad 40.
La elección depende de la situación laboral y de si se busca maximizar la pensión o mantener cobertura integral de seguridad social.